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Ingresos mínimos para hacer la declaración de la renta
IEF (Instituto de Estudios Financiera)|
5 de mayo 2026
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Tiempo de Lectura:
3 minutos
¿Cuál es el ingreso mínimo vital para hacer la declaración de la renta?
Una de las preguntas más frecuentes en cada campaña de la renta es: ¿a partir de cuánto dinero estoy obligado a declarar? La respuesta depende de varios factores, principalmente del número de pagadores y del tipo de ingresos.
Con carácter general, los trabajadores por cuenta ajena con un único pagador no están obligados a presentar la declaración si sus ingresos del trabajo no superan los 22.000 euros anuales. Esto se debe a que, con un solo pagador, las retenciones practicadas suelen ser bastante ajustadas a la cuota final.
Este umbral no es absoluto. Si además de los ingresos del trabajo tienes rendimientos de capital mobiliario, alquileres u otras fuentes que superen los 1.000 euros anuales, puedes estar obligado a declarar aunque no llegues a los 22.000 euros.
Límites de ingresos según número de pagadores
El número de pagadores es determinante a la hora de saber si tienes obligación de declarar. Estos son los límites generales:
Un solo pagador: El límite es de 22.000 euros brutos anuales de rendimientos del trabajo. Si no lo superas y no tienes otras rentas significativas, no estás obligado.
Más de un pagador: Si el segundo y siguientes pagadores te han abonado más de 1.500 euros en conjunto, el umbral para declarar baja a 15.876 euros. Si superas esa cifra entre todos tus pagadores, tienes que presentar la declaración.
Este segundo caso afecta a muchas personas que han cambiado de trabajo durante el año, han estado en paro y han cobrado la prestación de desempleo (que cuenta como un segundo pagador) o han trabajado a tiempo parcial en varias empresas simultáneamente.
Cuándo es obligatorio declarar aunque no se alcance el mínimo
Hay situaciones en las que estás obligado a presentar la declaración de la renta aunque tus ingresos no superen los umbrales mencionados:
Si has recibido subvenciones o ayudas públicas para la adquisición de vivienda habitual.
Si has obtenido ganancias patrimoniales, por ejemplo por la venta de acciones, fondos de inversión o un inmueble, por encima de 1.000 euros.
Si has realizado aportaciones a planes de pensiones y quieres deducirte esas aportaciones.
Si eres autónomo, independientemente de tus ingresos.
Si has percibido imputaciones de rentas inmobiliarias de más de 1.000 euros.
En todos estos casos, la Agencia Tributaria espera que presentes la declaración aunque tus ingresos brutos sean bajos.
Cómo influye el ingreso mínimo vital en la declaración de la renta
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva que el Estado concede a quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. Aunque está exenta de tributar en el IRPF hasta ciertos límites, su percepción tiene implicaciones en la declaración.
Si eres perceptor del IMV, estás obligado a presentar la declaración de la renta independientemente de la cuantía de la prestación. Esta obligación existe para que la Agencia Tributaria pueda verificar que se cumplen los requisitos para recibir la ayuda.
El IMV es compatible con otros ingresos del trabajo, pero debes incluir todos en la declaración. Los importes exentos se consignan de una forma específica en el modelo, por lo que es recomendable revisar bien cómo declararlo o pedir ayuda si no estás seguro.
Límites para autónomos y otros contribuyentes obligados a declarar
Si eres autónomo, no hay un mínimo de ingresos que te exima de presentar la declaración. Estás obligado a hacerla en todo caso, ya sea que hayas ganado 5.000 euros o 500.000.
Lo mismo ocurre con quienes ejercen actividades económicas de cualquier tipo, con arrendadores de bienes inmuebles cuyos ingresos superen los 1.000 euros anuales, o con quienes tienen rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales por encima de ese mismo umbral.
En cualquier caso, presentar la declaración aunque no estés obligado puede ser beneficioso si la declaración te sale a devolver. No renuncies a esa devolución, es dinero que te pertenece.
Qué ingresos no se incluyen en el cálculo del mínimo
No todos los ingresos computan igual para determinar si estás obligado a declarar. Hay rentas que están exentas de tributación y que, por tanto, no se tienen en cuenta en el cálculo del umbral.
Entre los ingresos exentos más habituales están las indemnizaciones por despido dentro de los límites legales, las becas públicas para estudios, las prestaciones por maternidad y paternidad (exentas desde 2019), algunas prestaciones de la Seguridad Social y los premios de lotería del Estado por debajo de la cuantía sujeta a tributación.
Aunque sean rentas exentas, en algunos casos sí hay que incluirlas en la declaración aunque no tributen. Por eso es importante distinguir entre ‘exento de tributar’ y ‘no hay que declararlo’. Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal.